Articulo 1: El IMPERIO MORIEL establecera una Oficina Cultural en el edificio sede del Reino de Buenos Aires.
Articulo 2: El Reino de Buenos Aires establecera una Oficina Cultural en el edificio "Imperator-MORIEL I " de la Ciudad de BARKAI en El IMPERIO MORIEL
Articulo 3: Este acuerdo no supone en forma alguna reconocimiento diplomatico, territorial o politico. El establecimiento de sendas Oficinas Culturales tiene como objetivo servir de medio de transmision de los distintos puntos de vistas sobre hechos del mundo actual.
Articulo 4: Para retirarse del acuerdo bastara con que una de las partes envie con 48 horas de antelacion un simple correo electronico:
En el 13 de febrero del 2009
POR EL IMPERIO MORIEL
BEN AMI
EMPERADOR DE MORIEL
POR EL REINO DE BUENOS AIRES
DR. ESTANISLAO ZEBALLOS
PRIMER MINISTRO DEL REINO DE BUENOS AIRES